En el ámbito laboral, existen diversos tipos de contratos que los empresarios pueden ofrecer a sus trabajadores. Dos de los más comunes son el contrato indefinido y el fijo discontinuo, los cuales poseen características específicas que es importante conocer tanto para los empleadores como para los empleados.
En este artículo, abordaremos las diferencias clave entre estos dos tipos de contratos, desde su concepto y duración hasta sus obligaciones fiscales y finalización. Así, podremos entender mejor cómo afectan estas diferentes formas de contratación no solo a los empleados, sino también a quienes les emplean. ¡Vamos a ello!
Concepto y duración del contrato
La reforma laboral de 2021 ha propuesto una limitación de la contratación temporal y el impulso de los contratos indefinidos entre las relaciones laborales entre trabajadores y empresas. En este sentido, es importante conocer los diferentes tipos de contratos que existen y sus peculiaridades.
Contrato indefinido: definición y características
Un contrato indefinido es aquel que no tiene una fecha de finalización prevista y se puede rescindir mediante la causa justa y procedente. Esta modalidad de contrato tiene las siguientes características:
- Dificultad de incluir cláusulas específicas en el contrato, como especificar plazos concretos.
- Flexibilidad en cuanto a la jornada laboral, la cual puede ser realizada a tiempo parcial o completo.
Contrato fijo discontinuo: definición y características
El contrato fijo discontinuo es una modalidad de contrato indefinido que implica una actividad laboral de manera intermitente, en periodos de tiempo concretos, por ejemplo, durante los meses de verano en el sector turístico o épocas de rebajas. A diferencia del contrato temporal, el trabajador conoce desde el inicio de la prestación del servicio la fecha en que finalizará su contrato. Una vez terminado este periodo de trabajo, el contrato no se extingue, sino que queda interrumpido hasta el próximo periodo/año.
Otra de las diferencias con el contrato indefinido es que el fijo discontinuo puede tener una llamada anticipada por parte del empresario, para ejercer su trabajo en los días o meses específicos según las necesidades de la empresa. Además, el trabajador fijo discontinuo tiene derecho a formar parte de la plantilla fija de la empresa, aunque no preste sus servicios todo el año.
En caso de que la empresa ya no requiera los servicios del trabajador fijo discontinuo, podrá realizar un despido con derecho a una indemnización de 20 días al año trabajado y con 15 días de antelación. En resumen, tanto el contrato indefinido como el fijo discontinuo son contratos indefinidos, pero con diferencias en su duración y prestación laboral debido a una intermitencia en la realización de trabajo en el segundo tipo de contrato. Es importante conocer los requisitos y obligaciones que estos contratos conllevan tanto para empleados como empresarios, para poder tomar decisiones justas para ambas partes en la relación laboral.
Periodos de trabajo y descanso
Contrato indefinido: jornada y horarios de trabajo
En un contrato indefinido, el trabajador tiene una relación laboral con la empresa sin que se establezca una fecha de finalización. Un aspecto importante en este tipo de contrato es la jornada y horarios de trabajo.
La jornada laboral está establecida por la ley y no puede superar un número determinado de horas al día o a la semana. Además, el trabajador tiene derecho a descansos intermedios y a un descanso diario de al menos 12 horas ininterrumpidas.
En cuanto a los horarios, la empresa debe establecerlos de forma clara y proporcionarlos al trabajador con antelación suficiente. En algunos casos, es posible que se necesite la realización de horas extras, que deberán ser compensadas mediante un aumento en la remuneración o mediante la compensación de tiempo libre.
Es importante tener en cuenta que, aunque el horario esté establecido, la empresa puede modificarlo en determinadas circunstancias siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos legales.
Contrato fijo discontinuo: periodos de actividad y de inactividad
El contrato fijo discontinuo se establece para trabajos que tienen una duración temporal, pero que se realizan de forma recurrente en determinadas épocas del año. Un ejemplo de este tipo de contrato es el que se lleva a cabo en el sector turístico, en el que los trabajadores son contratados para cubrir la demanda en los meses de mayor afluencia.
En este tipo de contrato, el trabajador está vinculado a la empresa de forma indefinida, pero solo presta servicios durante los periodos de actividad. Durante los periodos de inactividad, el trabajador no presta servicios y se encuentra en situación de desempleo.
Es importante destacar que el empresario debe llamar al trabajador fijo discontinuo cuando se inicie la campaña para la que se requieren sus servicios. Aunque este llamamiento no se realiza a todos los trabajadores fijos discontinuos al mismo tiempo, sino en función de las necesidades de la empresa y siguiendo un calendario con previsiones de llamamiento anual.
En cuanto a las condiciones laborales, el trabajador fijo discontinuo cuenta con las mismas protecciones y derechos que los trabajadores con contrato indefinido. A pesar de ser un contrato que se renueva de manera periódica, se considera una relación laboral indefinida. Además, el empresario debe garantizar la recontratación del trabajador en cada periodo de actividad.
Estabilidad laboral y derechos del trabajador
Contrato indefinido: estabilidad y derechos de los trabajadores
El contrato indefinido brinda estabilidad laboral al trabajador, ya que se establece una relación laboral a largo plazo entre el trabajador y la empresa. Además, este contrato ofrece una serie de derechos y beneficios al trabajador, tales como:
- Derecho a un salario justo y acorde al puesto de trabajo
- Derecho a vacaciones pagadas
- Derecho a la Seguridad Social y a la pensión de jubilación
- Derecho a la protección contra el despido injustificado
- Derecho a la formación y desarrollo profesional
- Derecho a la igualdad de trato y no discriminación
La reforma laboral de 2021 ha puesto en marcha medidas para incentivar la contratación indefinida y reducir la temporal.
Contrato fijo discontinuo: estabilidad y derechos de los trabajadores
El contrato fijo discontinuo es una modalidad de contrato indefinido en el que el trabajador es contratado de manera fija en la empresa, pero realiza su actividad laboral en periodos de tiempo concretos. Este contrato se utiliza mayoritariamente en sectores como el turismo, la hostelería y la alimentación, donde la demanda de trabajo varía según la temporada.
El trabajador fijo discontinuo tiene los mismos derechos y beneficios que el trabajador con contrato indefinido ordinario, pero con algunas particularidades:
- El trabajador conoce desde el inicio de la prestación del servicio la fecha en que finalizará su contrato y los periodos de trabajo.
- Una vez terminado el periodo de trabajo, el contrato no se extingue, sino que queda interrumpido hasta el próximo periodo/año.
- El empresario debe llamar al trabajador fijo discontinuo cuando comience la campaña para la que se requieren sus servicios.
En conclusión, tanto el contrato indefinido como el fijo discontinuo son contratos que ofrecen estabilidad laboral y una serie de derechos y beneficios al trabajador. La principal diferencia entre ambos radica en la intermitencia del contrato fijo discontinuo, que permite al trabajador prestar sus servicios en determinadas épocas/meses del año.
Costes y obligaciones fiscales del empleador
Contrato indefinido: costes y obligaciones fiscales del empleador
El contrato indefinido es uno de los tipos de contrato más habituales en el mundo laboral. Este tipo de contrato ofrece a los empleados una mayor estabilidad y seguridad que los contratos temporales, por lo que es una opción muy valorada por los trabajadores. Por otro lado, los empleadores también se benefician de este tipo de contrato, ya que les permite tener un mayor control sobre su plantilla, facilita la planificación de la producción y les permite contar con empleados más formados y especializados.
Sin embargo, desde el punto de vista del empleador, el contrato indefinido también tiene algunos costes e obligaciones fiscales que deben tener en cuenta. Uno de los principales costes es la Seguridad Social, que debe ser abonada por el empleador y representa un porcentaje del salario del empleado. Además, el empleador debe hacer frente al salario correspondiente a cada trabajador, así como a sus pagas extras y vacaciones según lo establecido por las disposiciones legales.
Por otro lado, el empleador también tiene una serie de obligaciones fiscales relacionadas con el contrato indefinido. Una de las más importantes es la obligación de retener el IRPF sobre el salario de los trabajadores y realizar su correspondiente declaración a la Agencia Tributaria. También debe realizar el correspondiente pago de la Seguridad Social y obligaciones fiscales de cada trabajador, dentro de los plazos establecidos por la normativa.
Contrato fijo discontinuo: costes y obligaciones fiscales del empleador
El contrato fijo discontinuo es una figura laboral muy común en sectores como el turismo, agrícola o el comercio, en los que el trabajo se concentra en determinadas épocas del año. A pesar de que este tipo de contrato es indefinido, el trabajador solo trabaja durante los periodos en los que se necesita su presencia. De esta forma, el contrato se interrumpe entre estos periodos, pero no se extingue.
En lo que respecta a los costes, el empleador debe hacer frente a los mismos costes que en el caso del contrato indefinido, como el salario del trabajador, las pagas extras y las vacaciones. Además, en este tipo de contrato, el empleador debe hacer frente a los costes económicos derivados de la contratación del trabajador aunque no preste servicio durante el resto del año, como la cuota fija de la Seguridad Social. En el caso del trabajador fijo discontinuo, este solo percibirá el salario correspondiente al periodo de trabajo efectivo.
En cuanto a las obligaciones fiscales, el empleador deberá retener el IRPF correspondiente al salario del trabajador fijo discontinuo y abonar la Seguridad Social. Es importante destacar que, como el trabajador solo trabaja durante un periodo concreto, no se le aplicarán deducciones de forma proporcional por lo que el cálculo de estas obligaciones fiscales es sencillo.
En conclusión, tanto en el contrato indefinido como en el fijo discontinuo, el empleador debe asumir una serie de costes y obligaciones fiscales, aunque en el caso del fijo discontinuo, estos deberán adaptarse a la intermitencia de la actividad laboral del trabajador. Es importante que los empleadores conozcan estas obligaciones para evitar futuros problemas y asegurar una buena relación laboral con sus trabajadores.
Finalización y rescisión del contrato
Contrato indefinido: causas y consecuencias de la finalización del contrato
El contrato de trabajo indefinido es aquel que no tiene una fecha de finalización estipulada. La finalización del contrato en este tipo de relación laboral puede producirse por diversas causas, como la voluntad del trabajador de terminar su actividad laboral o el despido por parte del empresario.
Si es el trabajador quien decide finalizar su contrato de trabajo, se debe comunicar con antelación al empresario y no se tiene derecho a indemnización. Por otro lado, si la finalización se produce por despido del empresario injustificado, el trabajador tendría derecho a una indemnización.
Además, el contrato indefinido también puede tener un carácter discontinuo, como en el caso del fijo discontinuo, que se caracteriza por tener periodos de inactividad en los que el contrato queda interrumpido. En este caso, una de las causas de finalización del contrato podría ser la finalización del periodo de trabajo de la campaña en la que el trabajador ha sido llamado.
Contrato fijo discontinuo: causas y consecuencias de la finalización del contrato
El contrato fijo discontinuo también es de carácter indefinido, pero con las particularidades descritas anteriormente. En este tipo de contrato, la finalización del periodo de trabajo no implica la finalización del contrato, sino que éste queda interrumpido hasta el próximo periodo en el que el trabajador sea llamado nuevamente.
Si la finalización del contrato se debe a la decisión del trabajador de finalizar su actividad laboral, no se tendría derecho a indemnización. Por otro lado, si la finalización es provocada por despido injustificado del empresario, sí tendría derecho a una indemnización por parte de la empresa empleadora.
En definitiva, tanto en el contrato indefinido como en el fijo discontinuo, las causas de finalización del contrato pueden ser similares, aunque en el fijo discontinuo existen particularidades en cuanto a los periodos de inactividad y llamamiento por parte del empresario.
Es importante tener en cuenta que el incumplimiento de las obligaciones establecidas en el contrato puede llevar a la rescisión del mismo por parte del empresario. En estos casos, el trabajador tendría derecho a una indemnización por la finalización del contrato en los mismos términos que en los casos de finalización por despido injustificado.
En resumen, es importante conocer las diferencias clave entre un contrato indefinido y uno fijo discontinuo para elegir la opción que mejor se adapte a nuestras necesidades. Mientras que el primero no tiene una fecha de finalización determinada, el segundo establece periodos de actividad y de inactividad. Además, cada uno tiene condiciones especiales en cuanto a derechos laborales, estabilidad, obligaciones fiscales y finalización del contrato. Si necesitas más información sobre este tema, te invitamos a visitar nuestro blog de Kilium Asesores para acceder a otros artículos relacionados.